Jóvenes de acogida: conozca sus derechos

Autor: Departamento de Servicios Sociales de California

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¿Quién debe enseñarme cuáles son mis derechos?

La ley dice:

  • Su trabajador social (SW) o agente de libertad condicional (PO) debe hablar con usted sobre sus derechos cada 6 meses y en cada cambio de ubicación.
    • Deben informarle sobre sus derechos de una manera que sea fácil de entender para usted.
    • Deben utilizar las publicaciones de nuestra oficina para explicarle sus derechos.
  • Tienes un abogado y su trabajo es defender tus derechos.
  • Las personas donde usted vive deben responder cualquier pregunta que tenga sobre sus derechos.
  • Si vive en un STRTP, refugio o hogar con 6 o más jóvenes de crianza temporal, debe haber un cartel visible de sus derechos.

 

¿A quién puedo contactar si se violan mis derechos?

¡Puede comunicarse con nosotros en la Oficina del Defensor del Pueblo de Cuidado Temporal de California (OFCO)!

Un defensor del pueblo (también llamado ombudsman) es una persona imparcial e independiente con la autoridad y responsabilidad de recibir, investigar y/o abordar y resolver informalmente quejas sobre acciones del gobierno y, cuando sea apropiado, hacer recomendaciones sistémicas basadas en los hallazgos.

La OFCO es una oficina neutral e independiente que ayuda a resolver problemas y quejas sobre el cuidado, la ubicación y los servicios de niños y jóvenes en hogares de acogida. 

  1-877-846-1602
  fosteryouthhelp@dss.ca.gov

Presentar una queja juvenil

 

Recuerde: Usted tiene derecho a hablar con esta oficina de manera confidencial y no puede ser amenazado, castigado ni sufrir represalias por presentar quejas.

Última revisión y actualización: 10 de abril de 2025
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