Cómo apelar la decisión de FEMA

Autor: Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA)

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Información

El proceso de apelación


Para apelar, debe presentar una carta firmada explicando por qué no está de acuerdo con la decisión de FEMA y proporcionar información o documentos adicionales que respalden su apelación. La apelación debe presentarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha de la carta de determinación. Incluya la siguiente información: 

  • Nombre completo del solicitante, dirección principal dañada por el desastre, dirección actual y número de teléfono actual  
  • Número de solicitud de FEMA de 9 dígitos del solicitante en cada página, que se encuentra en la parte superior de la carta de determinación. 
  • Número de declaración de desastre de FEMA DR 4754 (en cada página)
  • Firma del solicitante y la fecha.
  • Documentación adicional para respaldar su apelación (estimación verificable del contratista, documentación del seguro, cualquier documento adicional que FEMA solicitó en la carta de elegibilidad)

Si tiene preguntas sobre su carta o el proceso de apelación, puede llamar a la línea de ayuda de FEMA al 800-621-3362. La línea está disponible de 7:00 a. m. a 11:00 p. m., los siete días de la semana, y la ayuda está disponible en la mayoría de los idiomas. También puede visitar un Centro de Recuperación por Desastre. Para encontrar el centro más cercano, visite: fema.gov/drc.

Si decide que otra persona presente una carta de apelación en su nombre, esta debe estar firmada por dicha persona. Además, incluya una declaración firmada por usted autorizando a dicha persona a apelar en su nombre. 

Puede enviar su carta y documento mediante:

  • Correo a: FEMA, Apartado Postal 10055, Hyattsville, MD 20782-8055
  • Subiendo a su cuenta en DisasterAssistance.gov/es, Haga clic en “Verificar estado” en la página de inicio y siga las instrucciones.
  • fax al 800-827-8112 Attn: FEMA, o
  • visitando el Centro de Recuperación ante Desastres (DRC) más cercano y presentando su apelación.
Última revisión y actualización: 15 de enero de 2025
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