Conozca sus derechos - Derechos de los inmigrantes

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Información

La policía me pregunta sobre mi estatus migratorio

Cómo reducir el riesgo para usted mismo

  • Mantenga la calma. No corra, discuta, se resista ni obstruya al agente, incluso si cree que se están violando sus derechos. Mantenga las manos a la vista de la policía.
  • No mienta sobre su estado ni proporcione documentos falsos.

Sus derechos

  • Tiene derecho a permanecer en silencio y a no tener que hablar de su situación migratoria o de ciudadanía con la policía, los agentes de inmigración u otros funcionarios. Todo lo que le diga a un oficial puede ser utilizado posteriormente en su contra en un tribunal de inmigración.
  • Si usted no es ciudadano estadounidense y un agente de inmigración le solicita sus documentos de inmigración, debe mostrarlos si los tiene consigo.
  • Si un agente de inmigración le pregunta si puede registrarlo, usted tiene derecho a negarse. Los agentes no tienen derecho a registrarlo a usted ni a sus pertenencias sin su consentimiento o causa probable.
  • Si tiene más de 18 años, lleve consigo sus documentos en todo momento. Si no los tiene, dígale al agente que desea guardar silencio o consultar con un abogado antes de responder a cualquier pregunta.

¿Qué hacer en un encuentro así?

  • En algunos estadosDebe proporcionar su nombre a las autoridades si lo detienen y le piden que se identifique. Pero incluso si lo hace, no está obligado a responder otras preguntas.
  • Si está conduciendo y lo detiene la policía, el oficial puede solicitarle que muestre su licencia, el registro del vehículo y comprobante de seguro, pero no tiene que responder preguntas sobre su estatus migratorio.
  • Los funcionarios de aduanas pueden preguntarle sobre su estatus migratorio al entrar o salir del país. Si usted es residente permanente legal (LPR) y ha mantenido su estatus, solo tiene que responder preguntas que establezcan su identidad y residencia permanente. Negarse a responder otras preguntas probablemente causará demoras, pero los funcionarios no pueden negarle la entrada a Estados Unidos por no responder a otras preguntas. Si usted es titular de una visa de no ciudadano, se le podría negar la entrada a Estados Unidos si se niega a responder a las preguntas de los funcionarios. 

 

Me ha detenido la policía o ICE

Cómo reducir el riesgo para usted mismo

  • Mantenga la calma y no se resista ni obstruya a los agentes u oficiales.
  • No mientas ni entregues documentos falsos.
  • Prepárese y prepare a su familia en caso de arresto. Memorice los números de teléfono de su familia y de su abogado. Prepare planes de emergencia si tiene hijos o toma medicamentos.

Sus derechos

  • Tiene derecho a guardar silencio. Si desea ejercerlo, dígalo en voz alta. (En algunos estados, es posible que se le pida su nombre si se le pide que se identifique).
  • Usted no tiene que dar su consentimiento para que le revisen a usted mismo o a sus pertenencias, pero la policía puede registrarle la ropa si sospecha que hay un arma.
  • Si usted es arrestado por la policía, tiene derecho a un abogado designado por el gobierno.
  • Si lo detiene el ICE, tiene derecho a consultar con un abogado, pero el gobierno no está obligado a proporcionárselo. Puede solicitar una lista de alternativas gratuitas o de bajo costo.
  • No tiene que responder preguntas sobre su lugar de nacimiento, si es ciudadano estadounidense ni cómo ingresó al país. (Se aplican normas distintas en las fronteras y aeropuertos internacionales, y para personas con ciertas visas de no inmigrante, como turistas y viajeros de negocios).

Qué hacer si le arrestan o le detienen

  • Diga que desea guardar silencio y solicite un abogado de inmediato. No dé explicaciones ni excusas. No diga nada, firme nada ni tome ninguna decisión sin un abogado.
  • Si la policía lo ha arrestado, tiene derecho a hacer una llamada local. La policía no puede escucharle si llama a un abogado.
  • Si ha sido detenido por ICE, tiene derecho a comunicarse con su consulado o pedirle a un oficial que le informe sobre su detención.
  • Recuerda tu número de inmigración (número "A") y entrégaselo a tu familia. Les ayudará a localizarte.
  • Guarde una copia de sus documentos de inmigración con alguien de confianza.
  • Si no eres ciudadano: Pregúntele a su abogado sobre el efecto de una condena penal o una declaración de culpabilidad en su estatus migratorio. No hable de su estatus migratorio con nadie más que con su abogado. Mientras esté en la cárcel, un agente de inmigración podría visitarlo. No responda preguntas ni firme nada antes de hablar con un abogado. Lea todos los documentos completamente. Si no entiende o no puede leer los documentos, dígale al oficial que necesita un intérprete.

Si cree que sus derechos fueron violados

  • Anote todo lo que recuerde, incluyendo las placas de los oficiales y los números de las patrullas, la agencia a la que pertenecían y cualquier otro detalle. Obtenga la información de contacto de los testigos.
  • Si está lesionado, busque atención médica de inmediato y tome fotografías de sus lesiones.
  • Presente una queja por escrito ante la división de asuntos internos de la agencia o la junta de quejas civiles. En la mayoría de los casos, puede presentar una queja de forma anónima si lo desea.

 

La policía o ICE están en mi casa

Cómo reducir el riesgo para usted mismo

  • Mantenga la calma y la puerta cerrada. Abrir la puerta no les da permiso para entrar, pero es más seguro hablar con ICE a través de ella.

Sus derechos

  • Usted tiene derecho a permanecer en silencio, incluso si el oficial tiene una orden judicial.
  • No está obligado a permitir que la policía o los agentes de inmigración entren a su casa a menos que tengan ciertos tipos de órdenes judiciales.
  • Si la policía tiene una orden de arresto, está legalmente autorizada a entrar en el domicilio de la persona mencionada en la orden si cree que se encuentra dentro. Sin embargo, una orden de deportación (Formulario I-205) no permite a los agentes entrar en un domicilio sin consentimiento.

Qué hacer cuando llega la policía o ICE  

  • Pregunte si son agentes de inmigración y para qué están allí.
  • Pídale al agente u oficial que le muestre una placa o identificación a través de la ventana o mirilla.
  • Pregunte si tienen una orden judicial. Si dicen que sí, pídales que la pasen por debajo de la puerta o la sostengan frente a una ventana para que pueda inspeccionarla.
  • No mienta ni presente documentos falsos. No firme nada sin consultar primero con un abogado.
  • No abra la puerta a menos que ICE le muestre una orden judicial de registro o arresto que nombre a una persona en su residencia o en las zonas que deben ser registradas en su domicilio. Si no le muestran una orden judicial, mantenga la puerta cerrada. Diga: "No autorizo su entrada".
  • Si los agentes entran a la fuerza, no se resista. Si desea ejercer sus derechos, diga: «No doy mi consentimiento para que entren ni para que registren estas instalaciones. Estoy ejerciendo mi derecho a guardar silencio. Deseo hablar con un abogado lo antes posible».
  • Si está en libertad condicional con una condición de registro, la policía puede ingresar a su hogar.

 

Necesito un abogado

Sus derechos

  • Si usted es arrestado por la policía, tiene derecho a un abogado designado por el gobierno y debe solicitarlo inmediatamente.
  • Si es arrestado, tiene derecho a una llamada telefónica privada dentro de un tiempo razonable después de su arresto, y la policía no podrá escuchar la llamada si está hecha a un abogado.
  • Si lo detiene el ICE o la Patrulla Fronteriza, tiene derecho a contratar un abogado, pero el gobierno no está obligado a proporcionárselo. Solicite una lista de alternativas gratuitas o de bajo costo.
  • Si lo detienen, tiene derecho a llamar a un abogado o a su familia, y a que un abogado lo visite durante su detención. Tiene derecho a que su abogado lo acompañe en cualquier audiencia ante un juez de inmigración.

Me detuvieron cerca de la frontera la Patrulla Fronteriza.

Cómo reducir el riesgo para usted mismo

  • Mantenga la calma al interactuar con los funcionarios de inmigración. No mienta ni presente documentos falsos.
  • Nunca huyas de un puesto de control de inmigración.

Sus derechos

  • Tiene derecho a guardar silencio. También puede decirle al agente que solo responderá preguntas en presencia de un abogado, independientemente de su ciudadanía o estatus migratorio.
  • No tiene que responder preguntas sobre su estatus migratorio. Existe una excepción limitada para las personas que tienen permiso para estar en EE. UU. por un motivo específico y por un tiempo limitado (por ejemplo, un "no inmigrante" con visa). Estas personas deben proporcionar información sobre su estatus migratorio si se les solicita.
  • Generalmente, un agente de la Patrulla Fronteriza no puede detenerlo a menos que tenga una “sospecha razonable” de que usted está cometiendo o cometió una violación de la ley de inmigración o la ley federal.
  • Un oficial de inmigración no puede arrestarlo sin causa probable. Esto significa que el agente debe tener información sobre usted que haga probable que esté cometiendo o haya cometido una infracción de la ley de inmigración o de la ley federal.
  • En los controles migratorios, los agentes no necesitan ninguna sospecha para detenerlo y hacerle preguntas, pero estas deben ser breves y estar relacionadas con la verificación de su estatus migratorio. También pueden inspeccionar visualmente su vehículo.

¿Qué puedes esperar?

  • Las personas que hayan ingresado a EE. UU. sin la inspección de un funcionario de inmigración podrían estar sujetas a una expulsión acelerada del país según ciertos criterios. Si le informan que está sujeto a una expulsión acelerada, pregunte el motivo. Además, si teme ser perseguido si regresa a su país de origen, debe informar inmediatamente a los agentes sobre su temor.
  • En los cruces fronterizos, las autoridades federales no necesitan una orden judicial o incluso sospecha de irregularidades para justificar la realización de lo que los tribunales han llamado una "revisión de rutina", como por ejemplo revisar un equipaje o un vehículo.
  • Si un agente le solicita documentos, lo que debe proporcionar varía según su estatus migratorio. Los ciudadanos estadounidenses no tienen que llevar consigo un comprobante de ciudadanía si se encuentran en EE. UU. Si tiene documentos de inmigración válidos y es mayor de 18 años, la ley exige que los lleve consigo. Si un agente de inmigración se los solicita, muéstreselos. Si es inmigrante sin documentos, puede rechazar la solicitud del oficial, aunque el agente podría hacerle más preguntas.

 

Me detuvo la policía, ICE o la Patrulla Fronteriza mientras estaba en tránsito.

Cómo reducir el riesgo para usted mismo

  • Mantenga la calma. No corra, discuta ni obstruya al oficial o agente. Mantenga las manos en alto, donde puedan verlas.
  • Si está en un auto, deténgase en un lugar seguro lo antes posible. Apague el motor, encienda la luz interior, abra parcialmente la ventanilla y coloque las manos en el volante. Si se lo solicitan, muestre a la policía su licencia de conducir, registro y comprobante de seguro.
  • Si no es ciudadano estadounidense y un agente de inmigración le solicita sus documentos, debe mostrarlos si los tiene. Si es mayor de 18 años, lleve consigo sus documentos de inmigración en todo momento. Si no tiene documentos de inmigración, indique que desea guardar silencio.

Sus derechos

En un auto:

  • Los conductores y pasajeros tienen derecho a guardar silencio. Si usted es pasajero, puede preguntar si puede irse. Si el agente le dice que sí, retírese con calma.
  • Si un oficial o agente de inmigración le pide revisar su auto, puede negarse a consentir el registro. Sin embargo, si la policía considera que su auto contiene evidencia de un delito, puede registrarlo sin su consentimiento.
  • Además de la policía, la Patrulla Fronteriza realiza patrullajes itinerantes por el interior de Estados Unidos, deteniendo a conductores. La Patrulla Fronteriza debe tener una sospecha razonable de que el conductor o los pasajeros del vehículo cometieron una infracción migratoria o un delito federal.
  • Cualquier arresto o detención prolongada por parte de la Patrulla Fronteriza requiere causa probable. Puede preguntar a los agentes sobre la base de la causa probable, y ellos deberían informarle. En esta situación, tanto el conductor como los pasajeros tienen derecho a guardar silencio y a no responder preguntas sobre su estatus migratorio.

En un avión:

  • Un piloto puede negarse a transportar a un pasajero si cree razonablemente que este representa una amenaza para la seguridad del vuelo. Sin embargo, no puede interrogarlo ni negarle el acceso a un vuelo por prejuicios basados en su religión, raza, origen nacional, género, etnia o creencias políticas.
  • Si cree que está en una lista de “no volar” por error, debe revisar nuestra guía sobre listas de “no volar” aquí.

En autobuses y trenes:

  • Los agentes de la Patrulla Fronteriza pueden abordar autobuses y trenes en la región fronteriza de 100 kilómetros, ya sea en la estación o durante el trayecto. Generalmente, más de un agente sube al autobús y pregunta a los pasajeros sobre su estatus migratorio, les pide que les muestren sus documentos de inmigración, o ambas cosas.
  • Estas preguntas deben ser breves y estar relacionadas con la verificación de la presencia legal en EE. UU. No está obligado a responder; puede simplemente indicar que no desea hacerlo. Como siempre, tiene derecho a guardar silencio.

Si cree que sus derechos fueron violados

  • Anote todo lo que recuerde, incluyendo las placas de los oficiales y los números de las patrullas, la agencia a la que pertenecían y cualquier otro detalle. Solicite la información de contacto de los testigos.
  • Si está lesionado, busque atención médica de inmediato y tome fotografías de sus lesiones.
  • Presente una queja por escrito ante la división de asuntos internos de la agencia o la junta de quejas civiles. En la mayoría de los casos, puede presentar una queja de forma anónima.

 

Estoy detenido mientras mi caso de inmigración está en trámite.

Sus derechos

  • La mayoría de las personas que se encuentran detenidas mientras su caso está en trámite son elegibles para ser liberadas bajo fianza o con otras condiciones de presentación.
  • Usted tiene derecho a llamar a un abogado o a su familia si está detenido, y tiene derecho a que un abogado lo visite mientras está detenido.
  • Usted tiene derecho a tener a su abogado con usted en cualquier audiencia ante un juez de inmigración.

Qué hacer si le detienen

  • Si le niegan la libertad tras ser arrestado por una infracción migratoria, solicite una audiencia de fianza ante un juez de inmigración. En muchos casos, un juez de inmigración puede ordenar su liberación o la reducción de su fianza. 

 

Me arrestaron y necesito impugnar una orden de deportación.

Sus derechos

  • Usted tiene derecho a una audiencia para impugnar una orden de deportación, a menos que renuncie a su derecho a una audiencia, firme algo llamado una “Orden de Remoción Estipulada” o tome una “salida voluntaria”.
  • Tiene derecho a un abogado, pero el gobierno no está obligado a proporcionárselo. Solicite una lista de alternativas gratuitas o de bajo costo. Si no tiene abogado, solicite al tribunal que le dé tiempo para encontrar uno.

¿Qué hacer si le arrestan?

  • Si le dicen que no tiene derecho a ver a un juez de inmigración, debe hablar con un abogado de inmediato. Hay casos en los que una persona podría no tener derecho a ver a un juez de inmigración. Pero incluso si le dicen que esa es su situación, debe solicitar hablar con un abogado de inmediato, ya que los oficiales de inmigración no siempre sabrán o le informarán sobre las excepciones que podrían aplicarse en su caso.
  • Si teme ser perseguido o torturado en su país de origen, infórmeselo a un agente y contacte con un abogado de inmediato. Tiene derechos adicionales si tiene este temor.

 

Última revisión y actualización: 15 de abril de 2026
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