Junta de Alquileres de Berkeley - Recursos para inquilinos y propietarios

Autor: Junta de Estabilización de Alquileres de la Ciudad de Berkeley

Información

Mediación

La Junta de Alquileres de Berkeley ofrece servicios de mediación gratuitos a los propietarios e inquilinos de Berkeley en unidades que están totalmente cubiertas por la Ordenanza de Alquileres o registradas bajo la Medida MM.

La mediación es un método relativamente rápido, no contencioso e informal de resolución de disputas, en el que un tercero neutral ayuda al propietario y al inquilino a resolver los problemas. La mediación puede abarcar una amplia variedad de temas, pero ambas partes deben estar de acuerdo. El proceso es voluntario y cualquier resolución requiere el acuerdo de las partes; no se les impone ninguna decisión. Si no se llega a un acuerdo, las partes pueden buscar otras soluciones.

PROBLEMAS O TEMAS TÍPICOS QUE PUEDEN ABORDARSE A TRAVÉS DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

Las cuestiones que pueden mediarse incluyen, entre otras:

  • Problemas de habitabilidad
  • Disputas sobre depósitos de seguridad
  • Quejas de ruido
  • Disputas sobre el límite de alquiler para unidades con cobertura total
  • Disputas sobre el límite de alquiler de la AB 1482 para las unidades de la Medida MM
  • Acuerdos de mudanza
  • Problemas de arrendamiento
  • Reubicación para reparaciones  

BENEFICIOS DE LA MEDIACIÓN

El proceso de mediación beneficia enormemente a quienes mantienen una relación arrendador-inquilino, ya que ambas partes participan en la búsqueda de una solución mutuamente satisfactoria. Este proceso fomenta una mejor relación a largo plazo.

CÓMO FUNCIONA LA MEDIACIÓN

Llame o visite nuestras oficinas para hablar con un asesor de vivienda. Este asesor podrá evaluar si su caso cumple los requisitos para una mediación de la Junta de Alquileres. De ser así, se le pedirá que presente una hoja informativa de una página que resuma los asuntos en disputa.

La Junta de Alquiler se pondrá en contacto con la otra parte y, si están de acuerdo, programará una fecha para la mediación que sea conveniente para ambas partes. La mayoría de las mediaciones se llevan a cabo en un plazo de dos a cuatro semanas a partir de la fecha en que las partes acuerdan la mediación. La mediación se llevará a cabo en las oficinas de la Junta de Alquiler. Las partes también pueden participar por teléfono o mediante un dispositivo con conexión a internet. La mediación será dirigida por un miembro del personal de la Junta de Alquiler, quien escuchará las inquietudes de cada parte. Este miembro del personal ayudará a las partes a encontrar una solución mutuamente aceptable y a desarrollar maneras de comunicarse más eficazmente. Si se llega a un acuerdo, se redactará para que las partes lo firmen.  

Última revisión y actualización: 30 de julio de 2024
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