Requisitos para recibir asistencia por desastre de FEMA: ciudadanía y estatus migratorio
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Enlace: Www.fema.gov
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Definiciones
Ciudadano estadounidense
Cualquier persona nacida en los EE. UU.; una persona nacida fuera de los EE. UU. de al menos un padre estadounidense; o un ciudadano naturalizado.
Nacional no ciudadano
Una persona nacida en un territorio de ultramar de los Estados Unidos (por ejemplo , Samoa Americana o la Isla Swain) en la fecha en que los Estados Unidos adquirieron dicho territorio o después, o una persona cuyos padres sean nacionales no ciudadanos estadounidenses. Todos los ciudadanos estadounidenses son nacionales estadounidenses, pero no todos los nacionales estadounidenses son ciudadanos estadounidenses.
Un no ciudadano calificado incluye
- Residentes legales permanentes (“Tarjeta de Residencia” titulares)
- No ciudadanos asilo concedido
- Refugiados
- Los no ciudadanos cuyas El estatus de deportación se mantiene en suspenso durante al menos un año.
- Los no ciudadanos que han sido puestos en libertad condicional en los EE. UU. durante al menos un año por motivos humanitarios urgentes o beneficio público significativo
- Participantes cubanos/haitianos
- Certain ciudadanos no maltratados o sus cónyuges o hijos
- Ciertas víctimas de una Forma grave de trata de personas, incluidas las personas con visa “T” o “U”
- Residentes legales de conformidad con los Pactos de Libre Asociación con los Estados Federados de Micronesia, la República de las Islas Marshall y la República de Palau
Si un solicitante no cumple con los requisitos de ciudadanía o estatus migratorio al momento de presentar la solicitud, el hogar aún puede solicitar ciertas formas de asistencia federal si:
El padre, madre o tutor legal de un menor de edad que sea ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o residente legal con estatus legal puede solicitar asistencia en nombre del menor, siempre y cuando residan en el mismo domicilio. El padre, madre o tutor legal debe presentar la solicitud como co-solicitante, y el menor debe ser menor de 18 años al momento del desastre.
Todas las personas, independientemente de su ciudadanía o estatus migratorio, afectadas por un desastre mayor pueden ser elegibles para recibir asistencia psicológica en situaciones de crisis, servicios legales para casos de desastre, gestión de casos, el programa de asistencia nutricional suplementaria para desastres y otros programas de ayuda de emergencia no monetarios en especie. Estos incluyen atención médica, alojamiento, alimentos y agua.
Recursos de ayuda
Las personas deben consultar a un experto en inmigración para verificar si cumplen con los requisitos de estatus migratorio para recibir asistencia por desastre de FEMA.
Además, las agencias voluntarias brindan ayuda independientemente de la ciudadanía o el estatus migratorio.
Todas las personas, independientemente de su ciudadanía y estatus migratorio, afectadas por un desastre mayor pueden tener derecho a recibir asistencia psicológica en caso de crisis, servicios legales en caso de desastre, gestión de casos de desastre, programas de asistencia nutricional suplementaria en caso de desastre y otros programas de ayuda de emergencia en especie, no monetarios. Estos incluyen atención médica, alojamiento, alimentos y agua.