Sección 8 / Vale de elección de vivienda
Autor: Servicios Legales del Norte de California
Si tiene un Vale de la Sección 8 (también llamado Vale de Elección de Vivienda), la Autoridad de Vivienda debe notificarle por escrito antes de retirarle su vale. La notificación debe explicarle el motivo de la decisión. Tiene derecho a impugnar o apelar la decisión de la Autoridad de Vivienda de retirarle su vale.
Enlace: lsnc.net
Última revisión y actualización: 27 de agosto de 2025